Formulario impuesto predial: Dónde conseguir el Formulario impuesto predial

Sin importar la utilización que se le dé, ya sea como local comercial, habitacional o industrial, el propietario de un inmueble o predio, debe cancelar un impuesto o gravamen que es una recaudación que se conoce como el impuesto predial. Todos aquellos países que forman parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), están obligados a pagar este impuesto.

TABLA DE CONTENIDO

Qué es el Formulario impuesto predial y para qué sirve

El formulario de pago del Impuesto Predial es un documento diseñado por la Secretaría Distrital de Hacienda y que se utiliza para que los contribuyentes puedan cancelar el Impuesto Predial.

La Secretaría Distrital de Hacienda es una institución que busca contribuir al desarrollo sostenible de Bogotá y al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. La implementación de políticas y proyectos de alto impacto, se lograra mediante una recaudación eficiente y la distribución eficaz de los recursos obtenidos.

Dónde conseguir el Formulario impuesto predial

El formulario de pago del Impuesto Predial, pueden ser obtenido fácilmente por los contribuyentes, a través de dos alternativas expeditas y seguras que les ofrece la Secretaría Distrital de Hacienda:

  1. Ingresando en la página web haciendabogota y descargar directamente el formulario. Para que esta opción sea viable, el contribuyente deberá disponer del chip del predio, el cual inicia por AAA y puede consultarse en la parte superior izquierda de formularios anteriores, y el número de la cédula del propietario.
  2. Acudiendo a cualquiera de las 10 pantallas táctiles de auto atención dispuestas por la entidad en el SuperCade CAD (carrera 30 con calle 26) y solicitar su descarga. Para esta opción, el contribuyente cuando se dirija al SuperCade CAD debe disponer del chip del predio y el número de la cédula del propietario. Una vez en la pantalla, digite sus datos para que ésta imprima el formulario listo para amortizar.

Obtenido el formulario, los contribuyentes pueden cancelar su Impuesto Predial en línea visitando el portal web de su entidad bancaria, o acudir con la versión impresa a cualquiera de los bancos autorizados en toda la ciudad.

Qué es el impuesto predial

El Impuesto Predial es el tributo municipal, que grava todas las posesiones y patrimonios en Colombia. Este gravamen circunscribe casas, apartamentos, edificios, lotes, parqueaderos, depósitos, bodegas, almacenes, fábricas, predios financieros, predios no urbanizables, locales comerciales, predios dotacionales y propiedades rurales que se dedican a la agricultura.

De acuerdo al tipo de propiedad y al municipio en el que se encuentre la misma, las tasas de este tributo, varían entre 0,3% y 3,3%. El Consejo Municipal fija la tarifa para cada vigencia fiscal. La plataforma gravable del impuesto predial es la estimación catastral asignada por las autoridades de catastro y cada municipio la establece de forma diferencial y progresiva.

La función fundamental del impuesto predial es la generación de ingresos para el gobierno municipal, necesarios para proporcionar servicios a nivel local, como alumbrado público, pavimentación, recolección de basura, etc. Una casa puede recaudar un predial que será utilizado en los servicios públicos e infraestructura del municipio dónde se encuentre ubicado el inmueble.

Cuando vecinos y propietarios dejan de pagar el predial de una casa, oficina o inmueble, la consecuencia directa es, principalmente, que los servicios públicos se ven afectados. Lo que generaría zonas sin alumbrado público y sin pavimentación en sus calles.

Cómo calcular el impuesto predial

Se conoce como avalúo catastral,  el cálculo que toma en consideración las características de una propiedad, como los valores unitarios del suelo y de la construcción, los multiplica por la superficie del terreno, y el resultado determina el valor catastral, y es utilizado para establecer el valor de los impuestos que una persona deberá sufragar por ser dueño del inmueble.

Los contribuyentes de predios residenciales y no residenciales que se matricularon para la cancelación por cuotas, deberán primeramente descargar e imprimir desde el enlace Oficina Virtual sus recibos para presentarlos y amortizarlos presencialmente en cualquiera de las sucursales de la red bancaria autorizada o en los corresponsales bancarios disponibles. También puede efectuar el pago en línea visitando nuevamente la Oficina Virtual.

Para cada predio, se puede cancelar en cuatro cuotas distribuidas en fechas diferentes. Este impuesto también se puede amortizar a través de internet o de manera presencial en los bancos autorizados.

Requisitos para el impuesto predial unificado

Para formalizar el pago del impuesto predial, es imprescindible juntar los siguientes documentos:

  • Ser dueño o propietario de predios situados en la jurisdicción.
  • Documento de identificación
  • Credencial de extranjería, Pasaporte o permiso de permanencia en el país si es extranjero.
  • El formulario para pago de predial se puede descargar desde la página Oficina Virtual. Posteriormente podrá imprimirlo

Canales de atención

Presencial

  • Atención SuperCADES
  • Oficina de Atención al Ciudadano

Telefónico

  • Línea 195
  • PBX – teléfono – conmutador

Virtual

  • Chat Hacienda
  • Orientación por video llamada
  • Atención consultas específicas por correos electrónicos
  • Recepción de peticiones, quejas, reclamos y sugerencias
  • Radicación virtual de correspondencia
  • Atención líneas de WhatsApp
  • Atención redes sociales

Para la atención a través de los diferentes canales de la Secretaría Distrital de Hacienda, tenga presente lo siguiente: 

  • Los trámites, asistencias y servicios realizados en la Entidad son gratuitos y no requieren de intermediarios.
  • Puede presentar los petitorios en cualquiera de sus modalidades: verbalmente, por escrito, o por cualquier otro medio eficiente y sin necesidad de apoderado, así como para obtener información pertinente y orientación acerca de los recaudos que las disposiciones vigentes demanden para tal efecto.
  • Las acciones podrán ser adelantadas o impulsadas desde cualquier medio tecnológico o electrónico disponible en la entidad o integradas en medios de acceso relacionado a la administración pública, aún si es fuera de  horario y días de atención al público.
  • El Decreto nacional 1166 de 2016 establece que, las personas que hablen una lengua nativa o un dialecto oficial de Colombia pueden presentar solicitudes verbales en su lengua o dialecto.
  • Los trámites y servicios de carácter tributario tienen discreción, por lo que, para efectuarlos, deberá comprobar su calidad de propietario o autorizado y anexar copia digital de la cedula de identidad; además, debe presentar de forma clara su necesidad, describiendo el impuesto y razones por las cuales realiza la solicitud (CHIP, placa, número de documento, licencia urbanística, formato diligenciado inscripción RIT).

¡CANCELE A TIEMPO CON SU FORMULARIO, EL IMPUESTO PREDIAL!