Cada uno de los legatarios y herederos, aquellos beneficiarios por testamento se encuentran obligados a declarar los bienes inmuebles y muebles que forman la masa patrimonial que ha sido llevada a cada uno de ellos por motivos de la muerte del titilar.
Dicha presentación se realiza en el Formulario SD-1 GDII, para conocer cómo puedes completarlo, y llevar a cabo cada uno de los pasos, cual es el impuesto sobre las sucesiones sigue leyendo.
TABLA DE CONTENIDO
Cuál es el Formulario SD-1 DGII
El Formulario SD-1 DGII es aquel instrumento que utilizan los legatarios o herederos para declarar los inmuebles o muebles dados a ellos a través de la muerte del titular.
Para qué sirve el Formulario SD-1 DGII
Este documento se utiliza para que los legatarios o herederos declaren en grupo ante la DGII cada uno de los bienes que han sido entregado a cada uno de ellos por el fallecimiento del titular, donde se incluye el valor de esa masa patrimonial para el cálculo del impuesto por la administración tributaria.
Cómo llenar el Formulario SD-1 DGII
El Formulario SD-1 DGII es un documento electrónico que se desarrolla como plantilla Excel. El cual consta de dos páginas: la vista y el reverso o dorso, las cuales deben ser completadas en el ordenador de la siguiente manera:
En la vista
Parte 1
Completa con la información del causante (la persona que murió)
- Nombre completo y la cédula de identidad
- Asimismo la Fecha de fallecimiento.
- Continuando con el estado civil del causante y el nombre del cónyuge sobreviviente en caso de que aplique.
- Igualmente debes de escoger la naturaleza de la sucesión: esta puede ser en testamento o sin testamento.
- Señalara el lugar donde se inicia la sucesión.
- Asimismo completa el cuadro con las cedulas, nombre, teléfono y domicilio de cada uno de las personas declarantes de la sucesión, esto quiere decir, cada uno de los herederos.
En la parte 2, el adverso.
Debes de señalar el monto de los activos y pasivos del patrimonio del causante donde se incluyen el monto en RD$
- El monto total de cada uno de los bienes inmuebles que se declaren en el anexo 1A y/o 1B, selecciona la casilla que corresponda.
- Anexo 1A referente a los inmuebles urbanos y mejores levantadas en terrenos ajenos.
- Anexo 1B sobre inmuebles rurales
- El monto total de cada uno en las sociedades y compañías declaradas por medio del anexo 1E, debe de marcar la casilla en caso de que aplique.
- El monto total de cada uno de los bienes muebles declarados en los anexos 1C, 1D, 1F y/o tiene que marcar la casilla que corresponda.
- Anexo 1C referente al dinero en caja tal como acreencias y bancos.
- Anexo 1D respecto a las sucesiones.
- Anexo 1F sobre el ganado.
- Anexo 1G relacionado con los aviones, yates, volteos, cabezotes, grúas, motocicletas, automóviles y más.
- El monto total de cada uno de las cuentas por pagar, documentos por cancelas y/o hipotecas por pagar (anexo SD-1H)
- Gastos de la funeraria y de sepelio en relación a los comprobantes que se añadan.
- Cualquier otro pasivo.
Siguiendo en la parte 3, 4 y 5
En todas estas partes tienen que efectuar lo siguiente:
- Estipula los documentos anexos a la declaración.
- Detalla los activos o bienes que se encuentren exentos.
- Las personas que declaran la sucesión o herederos tienes que firmar ante el notario público.
- El notario público certificará con fecha, nombre y firma la autenticidad de las firmas.
En la parte trasera
La parte 6, 7,8 y 9
En estas zonas tienes que señalar: herederos por testamento, hijos, padres, cónyuges y demás familiares en relación a la línea sucesoral:
- Indica los descendientes del fallecido, naturales reconocidos y/o legítimos.
- Señala los legatarios del fallecido, esto quiere decir los beneficiarios determinados por testamento.
- Determina los ascendientes, que serían los padres, colaterales donde entran sobrinos, hermanos, los sucesores irregulares como cónyuge y estado, y demás como sobrinos y tíos.
- Describe las observaciones pertinentes.
Igualmente tienes que completas lo anexos de acuerdo a los bienes inmuebles muebles o las acciones por compañías o sociedades que tenga la persona fallecida. Dichos anexos se encuentran añadidas en la hoja Excel del Formulario SD-1 DGII.
Cómo presentar el Formulario SD-1 DGII
La declaración debe ser entregada de manera presencial depositando el Formularios en compañía de los demás requisitos en las oficinas de la administración local que se encuentren más cerca del fallecido o el causante.
Cuándo presentar el Formulario SD-1 DGII
Esta declaración Jurada de Sucesiones tiene que entregarse dentro de un tiempo de 90 días después de que suceda el fallecimiento del causante.
Qué es el Impuesto sobre Sucesiones
Es el impuesto obligatorio que tiene que declararse y pagarse de acuerdo a la totalidad del patrimonio que se transfiere por causa de muerte a los legatarios o herederos.
El impuesto sobre Sucesiones obedece del valor del patrimonio total que se encuentra transfiriendo. La tasa reglamentaria del impuesto es del 3% sobre la mase de bienes que concedan la sucesión.
Luego de que los contribuyentes entreguen ante la DGII La Declaración de Sucesiones, la administración emanara a determinar el impuesto para el total de bienes, llevara a cabo la liquidación y notificara al heredero para que realice el pago del impuesto dentro de 30 días.
De la misma manera puedes solicitar un convenio de pago para cumplir con el impuesto de sucesiones.
Gastos Deducibles
Al monto sucesoral tienen que sustraérsele los siguientes montos, en caso de que apliquen:
- Los derechos o impuesto que el fallecido dejo pendiente.
- Las deudas del cujus, siempre que cuenta con cierta escritura pública o privada.
- Asimismo como las deudas que se tienen por sepelios y funerarias.
- Los gastos por inventario de bienes y fijación de sellos.
- El crédito hipotecario cuando el inmueble se encuentra en suelo dominicano.
- Las deudas por gastos de enfermedad que hubiera tenido el causante a la hora de fallecer
- Toda prestación laboral que hubiese estado pendiente al ocurrir la muerte del empleador.
Exenciones
El impuesto sobre transferencias o sucesiones patrimoniales no se paga si se tienes estas circunstancias:
- si el monto patrimonial que se entrega en menor a RD$ 500,00 y los beneficiarios no se consideren parientes directos del causante.
- En caso de que el monto patrimonial recibido sea menor a RD$ 1000,00 y los beneficiarios sean parientes directos del causante como los padres o hijos.
- Todo activo que se declare como bien familiar de acuerdo a la ley 1024-28, en su modificación 5610-61 y la ley 339-68.
- Lo recibido por seguro de vida del causante.
- Todo testamento, orientado a instituciones estatales, públicas u ONG.
Sanciones si no cancelo mis Impuestos
En caso de que no te encuentres de acuerdo con el monto cancelado por la DGII puedes solicitar la reconsideración de la decisión dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la misma.
Asimismo si has tenido problemas para encontrar los documentos e información solicitada para llevar a cabo la declaración de sucesiones puedes solicitar prórroga hasta de 105 días en dos partes: primero 60 días y luego 45.
Y por último si declaras la sucesión después de que culmine el periodo de presentación se añadirá al impuesto un monto por tardía, el cual puede cambiar entre el 10% y 50% del impuesto.
Video
Continuando, te presentamos un vídeo donde se habla más a detalle en materia de impuestos de sucesiones.
Hasta aquí todo sobre el Formulario SD-1 DGII. Si tienes alguna duda sobre este tema o algún otro tema relacionado,
visita nuestra página web oficial
¡Gracias por confiar en nosotros!